Con este artículo iniciamos una serie de publicaciones sobre la problemática de obtención de una renta periódica.
Uno de los mayores problemas a los que se enfrentan los jubilados es el de mantener el mismo nivel de vida hasta el fallecimiento. Evidentemente si uno cubre ampliamente sus necesidades con lo que recibe de la Seguridad Social (partiendo de la hipótesis de que esa cantidad no se verá mermada en el futuro) el problema está resuelto. Pero me temo que casos como este no corresponden a la mayoría. Por eso la gente invierte, pensando en poder compensar la pensión pública con el ahorro acumulado.
Ahora bien, una vez llegado a la jubilación se plantea la problemática de qué hacer con el dinero ahorrado o invertido. De alguna forma necesitaremos recuperar parte o la totalidad de ese capital.
Una primera opción es ir sacando el dinero poco a poco, ir recuperando un determinado porcentaje del capital acumulado cada año (tradicionalmente, los expertos han ido aconsejando un porcentaje del 4% anual - es un asunto que hemos abordado en alguna ocasión, como aquí, pero sobre la que volveremos con toda seguridad). Pero en este caso hay un riesgo de longevidad importante. Si uno se queda corto en los cálculos puede correr el riesgo de quedarse sin dinero. Las personas que eligen esta opción también corren un riesgo de mercado ya que siguen invirtiendo su patrimonio y dependiendo de la evolución de los mercados (de renta variable y de renta fija) existe, incluso, el riesgo de que el capital disminuya más rápidamente de lo que uno pensaba (existe, como no, también la posibilidad de obtener una rentabilidad adicional si uno tiene la suerte, por ejemplo, de invertir en fondos de acciones durante un mercado bursátil alcista… pero, en todo caso, supone asumir un riesgo de mercado que uno no puede controlar).
Otra opción es optar por una renta vitalicia. Una renta vitalicia es un producto financiero que transforma una determinada cantidad ahorrada en un cobro mensual hasta el fallecimiento. Se eliminan tanto el riesgo de longevidad (siempre y cuando evidentemente uno disponga de un capital suficiente como para generar la renta mensual deseada) como el riesgo de mercado.
Evidentemente si uno elige esta vía, renuncia a la posibilidad de conseguir una rentabilidad atractiva para el capital acumulado. Es lo que podríamos llamar el riesgo de oportunidad. Las entidades que ofrecen rentas vitalicias garantizan una determinada rentabilidad, pero tal como están los tipos de interés hoy en día, ésta será francamente baja (además también hay que contar con el impacto que puede causar la inflación… en los niveles en los que estamos actualmente no es una amenaza, pero ¿quién nos garantiza que en el futuro las tasas de inflación seguirán siendo tan bajas?, aunque existen modalidades de rentas vitalicias que se incrementan anualmente en un determinado porcentaje ).
No es el único inconveniente. El otro es la disponibilidad del capital. En algunos tipos de renta vitalicia (en la modalidad de capital cedido) no existe opción de rescate y, en caso de fallecimiento, los beneficiarios o herederos no tienen posibilidad de recuperar el capital. En otras modalidades (como en la de capital reservado), el ahorrador puede rescatar su dinero (con una penalización) y los beneficiarios recuperar el dinero aportado, pero evidentemente la renta mensual será menor.
Hay otros aspectos de las rentas vitalicias que iremos analizando más adelante, como por ejemplo su ventajoso tratamiento fiscal.