1) El traspaso de participaciones no tiene coste fiscal, mientras que la venta de participaciones sí lo tiene.
2) Uno puede realizar un traspaso parcial de participaciones. No existe la obligación de traspasar todas las participaciones.
3) Para realizar el traspaso debe ir a la entidad comercializadora de destino (es decir, la entidad comercializadora del fondo que quiere comprar) preferiblemente con una copia del extracto de posición en el fondo de origen.
4) Tenga en cuenta la eventual comisión de reembolso de fondo de origen y la eventual comisión de suscripción del fondo de destino.
5) Verifique que la cantidad de dinero traspasado supera la inversión mínima inicial del fondo de destino.
6) En caso de traspaso parcial compruebe también que la cantidad trasferida cumple con la cantidad mínima a mantener en el fondo de origen; si no es así deberá realizar un traspaso total.
7) El traspaso entre fondos de una misma gestora o comercializadora tiene un plazo máximo de 5 días hábiles, mientras que el traspaso entre fondos de distintas gestoras o comercializadoras puede tardar hastas 8 días hábiles.
8) Los traspasos también pueden realizarse hacia fondos extranjeros y SICAVs, pero para que estén exentos fiscalmente estos deben tener al menos 500 partícipes a nivel global.
9) Si el traspaso se realiza entre fondos denominados en una divisa distinta del euro, la operación implicará un coste por cambio de divisa.
10) Si quiere traspasar participaciones desde un fondo garantizado con ventana de liquidez, es preferible primero realizar un primer traspaso a otro fondo de la misma gestora que no tenga comisión de reembolso para asegurarse de que la orden de traspaso llegue a tiempo para su ejecución dentro de esa ventana de liquidez.